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Entrantes
1. Situación del camarero
Ser camarero podría definirse como una profesión de riesgo para la salud. El sector de la hostelería y la restauración es uno en los que más se vulneran los derechos de los trabajadores.
Las jornadas de trabajo son infinitas, los turnos no te permiten descansar y tener un día de fiesta es un privilegio.
Es una situación que se permite, se tolera, se justifica, se repite y, lo peor de todo: se normaliza. No solo por parte del empresario, también por el trabajador camarero.
La mayoría de trabajadores no conoce cuales son sus derechos. Se basan en experiencias pasadas en otros trabajos o las quejas de otros compañeros que han conseguido mejorar sus condiciones.
Este artículo pretende ser una herramienta que ayude a todo camarero y ayudante de camarero a conocer sus derechos para mejorar su situación laboral. Una guía legal fácil y útil. Que se entienda sin dificultades.
Los juristas pecamos a la hora de usar tecnicismos que suenan a un idioma distinto. Sin embargo, y sin querer restar importancia a la precisión del lenguaje, utilizar la palabra correcta y técnica para transmitir el mensaje no es importante. Lo que realmente importa es que el receptor llegue a entender lo que le estamos diciendo.
Una de las cosas que debemos saber es que en todas las partes del territorio no rigen las mismas normas. A través de los convenios colectivos se realizan pactos en las distintas comunidades y provincias. El resultado puede ser que haya distintas respuestas ante los mismos problemas.
En el presente artículo hablaremos del sector de la restauración colectiva para ejemplificar las diferencias entre territorios. Es decir, no incluye a todo los camarero, sino solamente a aquellos que se rigen por este convenio. Sin embargo, los consejos que se indican son perfectamente aplicables.
El esquema que utilizaremos para intentar solucionar vuestras dudas es el siguiente:
2. Paso previo: Entrevista de camarero
No corramos. Antes de entrar en materia, empecemos por el principio: la entrevista de trabajo.
Posiblemente sea uno de los momentos con mayor importancia. Todo lo que queramos saber o exponer de manera clara ha de hacerse en ese momento. Es cuando tenemos que perder el miedo a preguntar, a pesar de las ganas que tengamos de empezar a trabajar. Dejar las cosas claras desde un principio puede ahorrarnos muchos problemas a la larga.
Primer Plato
Los Derechos laborales básicos del camarero y dudas comunes
a) El contrato de trabajo de camarero. ¿En qué debemos fijarnos?
Tres aspectos: Jornada de trabajo, tipo de contrato y categoría.
Las horas de trabajo que aparezcan en el contrato serán las que se tendrán en cuenta para la seguridad social. Ello nos afecta a la hora de cobrar la jubilación y otras prestaciones, como el paro.
El tipo de contrato tiene relevancia a la hora de calcular la indemnización en caso de despido. Si es un contrato de temporada de verano, seguramente aparezca como tal o como obra y servicio. Si tenemos un trabajo para todo el año, debe ser como indefinido.
La categoría está asociada a nuestro salario y nuestras funciones. Si posteriormente hay que hacer alguna reclamación, la categoría marcará los parámetros a seguir. Es decir, si realizamos funciones de cocinero pero el contrato es de ayudante, primero debemos probar que es cocinero.
b) Período de prueba
El periodo de prueba varía en función del tipo de contrato. Aunque NO puede sobrepasar los 90 días en ningún caso.
c) Jornada de trabajo de un camarero
La jornada de trabajo está compuesta por las horas ordinarias y las extraordinarias. Como ordinarias, no pueden ser superiores a 40 semanales. Como extraordinarias, por lo general, no pueden superar las 80 al año por trabajador, siempre que se abonen.
d) Descansos
Antes del 2012, el descanso entre jornadas no podía ser inferior a 12 horas. Tras la modificación del Estatuto de los trabajadores también se modificaron los convenios colectivos. En la mayoría de ellos, se pactó que el descanso puede modificarse a 10 horas. Aunque con excepciones, como por ejemplo en caso de trabajadoras embarazadas, y avisando con 14 días de antelación.
Por ley, se tiene un descanso a la semana de 2 días sin interrupción.
Se trata de un derecho mínimo e irrenunciable. Significa que no podemos pactar no hacer días de fiesta a cambio de un sueldo mayor.
Aunque hiciéramos ese pacto, ante la ley no tendría ninguna validez, ni podrían despedirnos por ese motivo.
Distinto es la remuneración de las horas extraordinarias. En tal caso, podemos escoger entre el pago dinerário o tiempo de descanso. Pero eso es aparte de los dos días que ya tenemos de descanso semanalmente.
Existe una diferencia destacable entre comunidades y provincias:
e) Uniforme y ropa de trabajo de camarero
La empresa está obligada a entregar el uniforme y la ropa de trabajo si no es de uso común. Además, la empresa debe hacerse cargo de la conservación y limpieza. Si no es así, el trabajador tiene derecho a recibir una compensación mensual por ello.
f) Previsión social en accidentes y enfermedades
En caso de accidente de trabajo, tenemos derecho a recibir el 100% de la nómina durante 12 meses. Por enfermedad común con hospitalización o intervención quirúrgica con reposo domiciliario, también tenemos derecho al 100%.
g) Propinas al camarero
No existe una manera única de repartir las propinas. Cada establecimiento tiene una normas propias que han ido siguiendo.
Tampoco hay una norma que lo regule, aunque podemos defender lo siguiente: Las propinas es una modo de recompensar a todo el equipo. Por lo tanto, no se puede utilizar esa cantidad para compensar roturas o cuadres de caja. La vajilla que se rompa ha de pagarla el empresario. Los errores que cometan los trabajadores han de ser asumidos por el empresario. Igualmente, los electrodomésticos que se rompan también.
Segundo Plato
¿Cómo actuar ante los abusos laborales siendo camarero o ayudante de camarero?
1. Denuncie a inspección de trabajo
El inspector de trabajo es el encargado, junto con la administración de justicia, de determinar que el empresario actúa correctamente (o no). Actuar correctamente no significa hacer las cosas mejor que otro empresario (es un argumento muy utilizado en el sector).
El informe que realiza el inspector cuando ha recopilado las pruebas puede ser determinante para las reclamaciones posteriores.
Existe el miedo generalizado de que el empresario puede conocer quien le ha denunciado. Es FALSO. El empresario no puede saber quien le ha denunciado. Además, todo lo que le digan los trabajadores queda exclusivamente en manos de inspección.
Si necesita ayuda, puede consultarnos sobre como hacerlo o contratarnos para que lo hagamos por usted.
2. Pruebe los hechos
Tiene que dejar constancia de las comunicaciones. Hable con su jefe a través de whatsapp sobre horarios, condiciones de trabajo y salarios.
Si puede, grabe las conversaciones y los abusos con el móvil u otra cámara digital. Aquellas grabaciones e imágenes que se usen como prueba en un procedimiento son completamente válidas y legales.
3. Busque asesoramiento profesional
En primer lugar, infórmese sobre sus derechos, especialmente si cree que la van a despedir injustamente. Después, es probable que pierda opciones para recopilar pruebas que pueden hacer inclinar la balanza a su favor en el procedimiento judicial.
Una consulta legal previa al problema puede ahorrarle muchos momentos de ansiedad posteriormente.
Postres
Enlaces de interés
- Página oficial de Inspección de Trabajo.
- Explicación del propio Ministerio de Trabajo en la página web citada anteriormente donde se explica como presentar una denuncia
- Página oficial del Departament de Treball de la Generalitat de Catalunya.
- Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)
Muy interesante y totalmente de acuerdo. Me parece muy bien todo lo expuesto en este post para saber la realidad de las condiciones de la hostería en este país. Buen trabajo y un saludo!!
Gracias por su comentario. Esperamos que nuestra ayuda sirva para informar a la sociedad sobre ello, pero seguiremos trabajando. Un saludo.
Hola una pregunta es legal que me cobren siendo camarero una factura de un cliente que no pago
Buenos días Sr. Luis,
No. No es legal. Su salario no depende de que los clientes de la empresa paguen o no la factura del local.
Hola,
En primer lugar gracias por esta información, ya que por desgracia hay mucho que se aprovecha de la ignorancia.
Y en segundo lugar, ¿es legal que los jefes se queden con el bote del establecimiento? Es decir, ¿que no se reparta entre todos los empleados? Y sería legal, con un contrato en base al convenio estatal, como camarera cerrar el bar sin ningun tipo de responsable a cargo? Es decir, siendo una camarera la única responsable del local sin ningun tipo de cargo de encargada.
Muchas gracias
Hola,
No. No es legal que se quede con el bote. Respecto a la segunda cuestión, si usted tiene contrato de camarera y le paga como tal, tampoco lo sería.
Puede contactar con nosotros para una consulta mas detallada.
Gracias.
Me gustaria saber que puedo hacer porque trabajo 48 horas semanales con un solo dia libre y estudio de noche y mi jefe quiere que trabaje turno partido
Hola Roxana,
Lo mejor que puedes hacer para denunciar la situación es acudir a inspección de trabajo con las pruebas necesarias. Ahora bien, te recomiendo que contactes con nosotros y nos expliques el caso de manera detallada para poder darte una respuesta completa.
Hola como camarero mi jefe me si no no tenemos trabajo en sala nos dice que ayudemos en cocina
Puedo negarme? Gracias
Buenos días Sergio,
En principio, podrías negarte, ahora bien, habría que ver cuál es exactamente el trabajo que haces en cocina. De todos modos, en este momento la hostelería está siendo muy castigada por culpa del COVID. Es normal que haya poco trabajo de camarero y que el empresario te pida que ayudes en cocina, pues, si no hay trabajo en sala, otra opción sería despedirte o reducirte la jornada. En condiciones normales te daríamos una respuesta distinta, pero actualmente, debemos ser todos mas comprensivos que de costumbre.
Un saludo.
Buenas noches y muchas gracias por darnos esta información tan valiosa…..
Ahí va mi pregunta:
Me ofrecieron el trabajo de camarera para un bar, con acceso a piscinas, las entradas a parte de atender a los clientes también las vendía yo, también me hice cargo de limpiezas en profundidad en el local pues la salubridad para mi en un local cara al público es obligatoria. Me contrataron de ayudante de camarero y me dí cuenta de ello después de firmar, he estado desde julio y ahora me despiden por no atender a un cliente que estaba en unas condiciones no normales y no paraba de insultarme, obviamente me defendí no sirviéndole…en fin…la carta de despido no se ajusta para nada a la realidad y no sé qué y cómo hacer, la verdad es que no me interesa recuperar el puesto pues con lo que he visto y vivido hasta ahora «lo que no mejora empeora»
Muchas gracias por la ayuda
Hola Marisol,
Lo primero que debe hacer es impugnar el despido. Tiene un plazo de 20 días hábiles. A la hora de calcular la indemnización y finiquito, hágalo teniendo en cuenta el salario que debería haber cobrado por las funciones realizadas. Ahora bien, si el despido se considera improcedente, la empresa puede escoger por readmitirla en su puesto de trabajo, y tampoco veo factible alegar una nulidad, por lo que, lo mas factible sería impugnar el despido y luego llegar a un acuerdo con la empresa.
Un saludo.
Hola buenas, si se cobra mal por error una mesa es obligatorio o legal que pague el camarero?
Hola Alejandra,
No. No es legal y no debe pagarlo el camarero. Si se demuestra que la persona trabajadora siempre descuadra, se le podría sancionar, o si es muy grave despedir, pero el descuadre en una cuenta de una mesa no justifica que lo pague el camarero.
Póngase en contacto con nosotros si necesita ayuda.
Gracias.
hola muchas gracias por su articulo, es increíble cómo los jefes se aprovechan de la ignorancia de los empleados . Quisiera hacerles una consulta mi jefe me hizo un contrato de 30 hrs semanales y desde siempre yo y mis compañeros hemos trabajado 50 hrs a la semana con un solo día de fiesta, hay algo que podamos hacer al respecto?
Hola Joan.
Lo mas importante mientras estés trabajando es recopilar pruebas, ya que después es muy difícil, hacerlo, a pesar de que con el control horario debería quedar reflejado y ser suficiente. Te recomiendo que hagas fotos, vídeos y guardes conversaciones donde se vea reflejado el horario real de trabajo que haces junto con tus compañeros. Otra opción sería presentar una denuncia a inspección de trabajo, aunque pondría al empresario en alerta una vez se presentase (y suele tardar meses en hacerlo).
Si tienes alguna pregunta no dudes en contactarnos. Nuestros honorarios por una consulta son de 50 euros, aunque si posteriormente nos contratas para llevar el asunto, ya sea judicial o extrajudicialmente, el precio se descuenta de la siguiente factura, con lo que la primera consulta saldría gratuita.
Gracias por tu comentario.
Un saludo.
tengo un contrato de auxiliar de cocina, en concepto de limpieza (office). Podría indicarme cuales son mis obligaciones con relación a la limpieza, creo que estoy realizando trabajos que corresponden a los cocineros. Antes de decir nada, quisiera estar informada. Por favor contésteme a través del e-mail si es posible. Gracias anticipadas. MG
Buenas soy camarera de BSFamily una hamburgueseria de un pequeño pueblo, verás recibimos abusos por parte de los jefes y tenemos mucha dudas aunque tenemos miedo de que nos despidan si exigimos nuestro derechos ya que casi siempre nos regañan y nos hacen el día imposible. Hay tantos que nose por donde empezar pero este último ha sido humillante, ellos cenan fuera sentados en una mesa y mientras aún estamos sirviendo les tenemos que servir a ellos, hacerles la cena y todo lo que pidan encima siempre con prisas. Hasta hace poco cenábamos en cocina, pero como verás es verano y hacia muchísimo calor les pedimos que porfavor que si podíamos de uno en uno fuera en una mesa donde no molestemos cuando más o menos hubiese poca faena, pues ayer nos dijeron que ya no podíamos cenar que la gente nos veía y eso estaba feo que solo podíamos apartir de las 12 de la noche cuando ya acaba nuestro servicio si esque no hay gente o si no nada. Pero ellos siguen pidiendo cenar fuera sentados en el local y teniéndolos que hacerles nosotros su servicio de cena. En nuestro contrato tenemos un tiempo de descanso ¿Y no puedo nisiquiera cenar con comida de mi casa? Quiero saber si esto es correcto o como va el tema. Gracias
Enhorabuena por este documento, me ha aclarado muchas dudas que tenía. Desde luego es una vergüenza cómo en España se incumple la ley en el sector hostelero y lo normalizadas que están las prácticas abusivas. Lo más indignante es que el mismo trabajador con frecuencia hasta las justifica y calla por temor a despidos o, simplemente, a no ser contratado. A fecha de hoy lo estoy viviendo en mis carnes con mi pareja, quien trabaja de martes a sábado en horario partido (con horas de nocturnidad sin cobrarlas como tales) y el domingo de 11.30 hasta las 16 horas. Solo descansa a partir de las 17 horas el domingo y el lunes. Los festivos, a trabajar también y sin cobrarlos tampoco como tales. No es vida, pero claro, «tal como están las cosas, hay que aguantarse»…
¿Conciliación?, pura entelequia.
Muchas gracias por su comentario Belén.
Buenas noches yo soy empresario tengo una plantilla de siete trabajadores dos de ellos de baja uno desde hace un año y otro desde hace un año y medio sigo pagandole una parte de s.s. y de nominas a los dos. Me gustaria saber si esto es legal pues no comprendo que culpa tengo que yo que los dos esten enfermos pues lo unico que he hecho es contratarlos
Es esto justo
Hola Jose Maria,
El legal, ya que los trabajadores tampoco tienen culpa de estar enfermos y no poder trabajar. Ello se regula en la Ley General de la Seguridad Social, reglamentos que desarrollan la norma y los convenios colectivos.
Gracias por su comentario.
Me gustaría saber si es in accidente laboral si un cliente entra a la barra y me hace un brecha en la cabeza y me dan dos grampa.
Buenos días Denny,
Además de considerarse accidente laboral, podría ser considerado como un delito de lesiones. Le sugiero que contacte con nosotros para recibir un asesoramiento más personalizado.
Un saludo.
Buenas noches. E trabajado en un restaurante durante 20años de camarera y recientemente m an despedido por falta de trabajo. Hace 2 días me han contratado en otro restaurante como ayudante de camarera.Puede este restaurante hacerme un contrato de ayudante de camarera? Es LEGAL?
Buenos días Eli,
Las diferencias entre ayudante de camarera y camarera radica en las funciones desempañadas en la relación laboral. Cada uno tiene funciones distintas, las cuales se establecen en el convenio colectivo. Es legal siempre y cuando las funciones que realiza son las propias de la categoría correspondiente.
Esperamos haberle ayudado. Si tiene más dudas, por favor contacte con nosotros.
Un saludo.
Buenos dias, Gracias por toda esta informacion.
Soy camarero bajo el contrato de obra o servicio, llevo mas de dos años continuos en la empresa, es legal esto? el contrato pone que estoy en el grupo de cotizacion 09 oficiales de tercera. muchas gracias.
Buenos días Jose Manuel,
En principio, no podría darte una respuesta correcta sin conocer más detalles sobre el caso ni analizar la documentación. Ahora bien, sí puedo decirte que, en apariencia, muestra indicios de ilegalidad. Un contrato de obra y servicio se realiza para una obra o un servicio concreto, dentro de la empresa, cuya duración no va a ser indefinida, pero que no se sabe exactamente cuándo va a finalizar. No se pueden utilizar para contratar a trabajadores que tengan las mismas funciones y actividad que los trabajadores con contratos indefinidos en la empresa. De ser así, se trataría de un contrato en fraude de ley.
Si se produjera un despido, lo que habría que alegar es que realmente existe una relación laboral fija, para aplicar la indemnización correspondiente. Entonces el juzgado analizará cómo ha sido la relación laboral.
Esperamos haberte ayudado. Si tienes más dudas, por favor contacta con nosotros.
Un saludo.
Si, si. Todo esto es muy bonito, denunciar ante inspección de trabajo, recopilar pruebas y…. plof, todo solucionado en España, los jefes te respetarán el horario, te pagarán en condiciones incluso las horas extras, te darán tus dos días de descanso semanal y todos los días de vacaciones completas, sin hacerte doblar cuando falte algún compañero que este de vacaciones, descanso o baja, te casarás y te darán tus días por casarte, al igual que si eres padre/madre, y cuando llegues a trabajar te recibirá con un abrazo y te despedirá con otro dándote las gracias, pero la realidad es que no es así, el trabajador es prescindible, se busca a otro y punto, y mas ahora que hay necesidad por la crisis que estamos pasando. Si denuncias y se entera el jefe que eres tu, porque se acabará enterando, ya sabes que en un período de tiempo vas a la calle y que te van a putear a más no poder, y como vivas en un pueblo en el que se conoce toda la gente, ya si que lo tienes complicado volver a trabajar porque ya estarás señalado, y lo más grave es que estarás señalado por defender tus derechos. Solución, huelga para que respeten nuestro convenio, que si un local tiene que cerrar antes no pasa nada, la gente se acostumbra, como esta pasando ahora con el COVID, en vez de salir a cenar a las 22:00 salen a las 21:00, y se toman los cubatas que les de tiempo, y si no, marchando a un lugar de copas, que esos cierran más tarde. Y os digo que la gente se acostumbra, y el bar no perderá clientela, en vez de que le llegue a chorreos, le llegará toda junta, se tendrán que apretar los camareros, pero saben que llegada la hora, estarán recogiendo y tirando para su casa. Se conseguirá, NO. ¿Por qué? Porque ya no está o quedan pocos de aquella generación que se lanzaron a la calle y paralizaron España por completo para que se respetasen sus derechos en el trabajo. Preferimos salir a la calle en manadas para celebrar una copa de nuestro equipo de futbol,… en vez de salir a la calle por lo que importa, nuestro bienestar familiar, nuestra salud y nuestra economía. Y si se hace huelga, nos vamos al bar de cañas en vez de ir a hacer ruido. Así nos va, y nos irá, porque aunque duela, somos un país de pandereta.
Hola Mario,
La verdad es que no le falta parte de razón, pues, en ocasiones, es probable que sucedan hechos como los que describe. Sin embargo, estas son las herramientas que tenemos y, en la mayoría de casos, sí que funcionan, aunque no siempre. Ahora bien, si son las herramientas que tenemos, no podemos prescindir de ellas. Hay que usar las leyes y los procedimientos antes de ignorarlos. No es coherente exigir el cumplimiento de nuestros Derechos si no somos capaces de defenderlos según los propios mecanismos que la Ley establece. Y si al mismo tiempo se realizan protestas pacíficas y reglamentarias, mejor aún.
Gracias por su comentario.
Un saludo.
Buenas tardes; mi contrato es de ayudante de cocina,cuando hago funciones de jefa de cocina y así lo soy,hemos salido del erte y mi pregunta es si mi jefe puede mejorarme el contrato de trabajo.Gracias
Buenos días Magi,
Realizar funciones que no son propias de la categoría es muy habitual en la hostelería. Tu jefe puede mejorarte el contrato siempre que quiera, ahora bien, únicamente tendrá obligación de hacerle si le obliga un Juzgado o un inspector de trabajo. Por otro lado, también hay que ver de que manera se produce el trabajo, la regularidad con que haces esas funciones, etc.
Te recomiendo que contactes con nosotros en privado a través de los datos que indicamos en la página de contacto para contratar una consulta y resolver las dudas que tengas con más detalle.
Gracias,
Un saludo.
Estoy de ayudante de camarera en un hotel y me ponen funciones de camarera pero cobro como ayudante en cuanto tienpo debo de estar xomo ayudamte si estoy fija discontinua
Hola Carmen,
Puede estar de ayudante de camarera toda la vida, esté de fija discontinua o no. Si quiere cobrar como camarera por las funciones que realiza, en primer lugar debería verse si las realiza siempre o solo de forma puntual. Por otro lado, lo primero que debe hacer es hablar con la empresa, exponer su situación y sus pretensiones. Si ello no surte efecto, entonces piense en la vía legal.
Un saludo.
Hola buenas mi duda es la siguiente
Trabajo en un hotel 8h incluso más
Llevo 7 años
Mi pregunta es que en mi nómina me pone que me cobran la comida
60 € o70€ mensuales eso es legal ?
Gracias
Hola Isabel,
En principio es legal que le cobren la manutención, aunque sin ver las nóminas y el contrato tampoco podemos responderle con certeza. Puede contratar una consulta con nosotros y tras analizar la documentación podremos responderle con seguridad.
Un saludo.
Hola
Mi hijo de 16 años tiene un contrato de ayudante de camarero por 5h semanales, aumque hay veces que son más. Cuando no hay clientes o tienen bastantes pedidos a domicilio le obligan a coger la moto y salir a repartir. ¿ Es esto legal? ¿Si tuviera un accidente estaría cubierto, se le consideraría accidente de trabajo?
Hola,
No es legal. Si su función es la de ayudante de camarero no debe hacer de repartidor. Por otro lado, en caso de tener un accidente, sí que estaría cubierto y podría considerarse accidente de trabajo.
Un saludo.
Hola, trabajo en un bar, abro todas las mañanas, me meto en la cocina y empiezo a cocinar, al mismo tiempo si vienen clientes tengo que salir a atender los y después volver corriendo a la cocina, así asta que llega el dueño a las 8:30, después de cocinar tengo que preparar mesas y seguir atendiendo en barra, después hacer de camarera para los almuerzos y seguidamente limpiar todo el bar. Cocina baños el Salón la barra y la terraza. Es legal que me exijan tanto.?
Buenos días,
Tal como le hemos respondido por email, no parece que sea legal, aunque habría que ver el contrato y las nóminas. Tiene nuestros datos de contacto para mas información.
Un saludo.
Hola
Trabajo en un hotel. Trabaje por un año con contrato de ayudante de camarera. Luego me hicieron indefinida pero sigo con el contrato de ayudante de camarero desde hace 9 meses, en varias ocasiones he solicitado el cambio de categoría y aún no me lo han dado, siendo yo la única con categoría de ayudante de camarero y los demás como camareros. Que puedo hacer
Hola Loli,
Tiene varias opciones. Ahora bien, primero deberíamos saber de que manera ha solicitado ese cambio de categoría, ya que debería haberlo hecho por escrito al departamento adecuado. Por otro lado, puede interponer una denuncia a Inspección de Trabajo explicando su situación y ellos pueden comprobar cuales son las funciones reales que usted realiza. Otra opción sería presentar una demanda judicial solicitando el reconocimiento de categoría.
Esperamos haberla ayudado.
Gracias.
Buenos dias, quisiera preguntarles, por mi caso.
Empece en esta cafetería hace mas o menos un mes y resulta q hay mucha.espectativa porque la.encargada estaba de baja, y resulta que volvió y ha habido muchoa inconvenientes con ella por temas de maltratos con los camareros, quien no le cae bien relativamente sufre por decirle asi.
Yo apenas he estado con ella 2 dias y me me han enviado a turnos de cocina, sin explicación, sin aviso, nada, a como estan las cosas han contratado a dos personas mas y yo sigo en cocina , un dia que otro en sala, no se como negarme porque no me pqrece justo que solo yo rote cocina, sala y que mi contrato diga ayudante de camarero, que puedo hacer, gracias.