No permitas que tus vacaciones se vean arruinadas sin reclamar los daños que te han causado.
Las agencias de viajes son responsables de los perjuicios que puedas sufrir en caso de haber contratado con ellos.
60,00€
No permitas que tus vacaciones se vean arruinadas sin reclamar los daños que te han causado.
Las agencias de viajes son responsables de los perjuicios que puedas sufrir en caso de haber contratado con ellos.
Nadie piensa en hacer reclamaciones a agencias de viajes cuando llegas de unas vacaciones. Pero como consumidores y usuarios existen derechos que tenemos que defender. Se pueden reclamar todos los daños que suframos a causa de las incidencias en nuestro viaje. Desde el trayecto en avión, como retrasos y cancelaciones, hasta los problemas que tengamos mientras estamos en un crucero.
En primer lugar, reclamamos extrajudicialmente la cantidad económica por los daños que nos ha causado el viaje.
A veces basta con un simple correo electrónico. Sin embargo, las agencias no suelen responder positivamente, o directamente no responden. Entonces utilizamos el denominado “burofax”. Este método ofrece multitud de ventajas procesales y es una herramienta muy efectiva en el mundo legal.
2. Reclamación Judicial
En caso de que la reclamación judicial no de resultado, debemos acudir a la vía judicial presentando una demanda.
Únicamente es necesario abonar 60 euros por pasajero (IVA no incluido) para iniciar la tramitación en las reclamaciones a agencias de viajes, por los gastos que conlleva estudiar el caso y analizar la documentación.
Cuando no sea obligatorio acudir con abogado y procurador (reclamaciones inferiores o iguales a 2.000 euros) si no conseguimos su indemnización, no tendrá ningún coste. Si no ganas, nosotros tampoco.
Si finalmente se consigue la cantidad que se reclama, nuestros precios se calcularán aplicando un porcentaje a la cantidad reclamada de la siguiente manera:
Si nos encontramos en el supuesto de reclamar una cantidad superior a 2.000 euros, la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), en su articulo 31, nos obliga a acudir al Juzgado con abogado y procurador.
¿Qué implicaciones tiene?
Nuestros honorarios en estos casos se calculan del siguiente modo:
Siempre trabajamos con Hoja de Encargo para mayor seguridad de ambas partes.
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